Los derechos de los animales
la manera de vivir de los animales
Son los derechos de los animales las ideas postuladas por corrientes de pensamiento y la sub corriente del movimiento de liberación animal que sostiene la naturaleza animal, debe ser un sujeto de derecho en los ordenamientos jurídicos donde hasta ahora esta categoría solo ha pertenecido a personas naturales y jurídicas es decir al ser humano.
Se sabe que todos los
animales nacen iguales ante la vida y tienen derechos que deben ser respetados,
el derecho a la libertad y al no sometimiento a vejaciones o sufrimientos
atribuibles a conductas discriminatorias y arbitrarias por parte de otras
personas son los más relevantes.
Los derechos animales se
tratan de las manifestaciones al buen
vivir sobre dicho animal sin necesidad de buscar diferencias o clases en cuanto
al valor de la vida y su derecho a que esta sea plena y duradera. Cada diez de
diciembre se celebra el día internacional de los derechos, en el cual se
defiende la integridad, libertad y en si la vida de dichas criaturas.
La primera aparición de
ley a favor del animal se da en el año 1635 y se aprobó en Irlanda, seguida por
Massachusetts en 1641 cuando se inauguró un sistema de protección a los
animales domésticos.
Artículo 1.
Todos los
animales nacen iguales ante la vida y tienen los mismos derechos a la
existencia.
Artículo 2.
a) Todo animal
tiene derecho al respeto. b) El hombre, en tanto que especie animal, no puede
atribuirse el derecho de exterminar a los otros animales o de explotarlos
violando ese derecho. Tiene la obligación de poner sus conocimientos al
servicio de los animales. c) Todos los animales tienen derecho a la atención, a
los cuidados y a la protección del hombre.
Artículo 3.
a) Ningún animal
será sometido a malos tratos ni actos crueles. b) Si es necesaria la muerte de
un animal, ésta debe ser instantánea, indolora y no generadora de angustia.
Artículo 4.
a) Todo animal
perteneciente a una especie salvaje, tiene derecho a vivir libre en su propio
ambiente natural, terrestre, aéreo o acuático y a reproducirse. b) Toda
privación de libertad, incluso aquella que tenga fines educativos, es contraria
a este derecho.
Artículo 5.
a) Todo animal
perteneciente a una especie que viva tradicionalmente en el entorno del hombre,
tiene derecho a vivir y crecer al ritmo y en las condiciones de vida y de
libertad que sean propias de su especie. b) Toda modificación de dicho ritmo o
dichas condiciones que fuera impuesta por el hombre con fines mercantiles, es
contraria a dicho derecho.
Artículo 6.
a) Todo animal
que el hombre ha escogido como compañero tiene derecho a que la duración de su
vida sea conforme a su longevidad natural. b) El abandono de un animal es un
acto cruel y degradante.
Artículo 7.
Todo animal de
trabajo tiene derecho a una limitación razonable del tiempo e intensidad del
trabajo, a una alimentación reparadora y al reposo.
Artículo 8.
a) La
experimentación animal que implique un sufrimiento físico o psicológico es
incompatible con los derechos del animal, tanto si se trata de experimentos
médicos, científicos, comerciales, como toda otra forma de experimentación. b)
Las técnicas alternativas deben ser utilizadas y desarrolladas.
Artículo 9.
Cuando un animal
es criado para la alimentación debe ser nutrido, instalado y transportado, así
como sacrificado, sin que de ello resulte para él motivo de ansiedad o dolor.
Artículo 10.
a) Ningún animal
debe ser explotado para esparcimiento del hombre. b) Las exhibiciones de
animales y los espectáculos que se sirvan de animales son incompatibles con la
dignidad del animal.
Artículo 11.
Todo acto que
implique la muerte de un animal sin necesidad es un biocidio, es decir, un
crimen contra la vida.
Artículo 12.
a) Todo acto que
implique la muerte de un gran número de animales salvajes es un genocidio, es
decir, un crimen contra la especie. b) La contaminación y la destrucción del
ambiente natural conducen al genocidio.
Artículo 13.
a) Un animal
muerto debe ser tratado con respeto. b) Las escenas de violencia en las cuales
los animales son víctimas, deben ser prohibidas en el cine y en la televisión,
salvo si ellas tienen como fin el dar muestra de los atentados contra los
derechos del animal.
Artículo 14.
a) Los organismos
de protección y salvaguarda de los animales deben ser representados a nivel
gubernamental.
b) Los derechos
del animal deben ser defendidos por la ley, como lo son los derechos del
hombre.
CONCLUSIÓN
Los distintos
pensamientos q se emplean por la ley van desde la alimentación y el bienestar
de dicho animal, hasta negar la posibilidad de que sirva de alimento o sea
maltratado de alguna manera.
Todos los animales
tienen derechos hay que tratarlos como se merecen, sin hacerles daño ya que
ellos cuidan de nosotros.
Los animales son seres
vivos y tal como nosotros nos tratamos debemos tratarlos a ellos.
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